En el marco de la Ley esta tiene como fin establecer una mejor relación en cuanto a los pagos entre los comercios y/o empresas, cada vez que se hagan ventas de productos o servicios.

Antes de existir esta Ley de pago a 30 días las empresas podían dar el pago entre 60 y 90 días, pero ahora con la Ley el plazo máximo será de 30 días incluyendo los fines de semana para hacer el pago correspondiente de las mercancías adquiridas. El día 1 de abril comienza a regir el plazo de 30 días.

Se podrán dar casos en los cuales las dos partes lleguen a un acuerdo para hacer el pago en un plazo mayor a 30 días y este se tendrá que informar por escrito al Ministerio de economía, fomento y turismo mediante un registro de acuerdo.

La ley tiene la obligación de supervisar el cumplimiento de los plazos (30 días), para poder sancionar a las empresas que no cumplan con este, si una empresa no cumple el plazo será mora y se le cobrará un interés como sanción. Además de una comisión del 1%. También se encargará de regular el derecho a la indemnización.

Todas las empresas deberán adherirse a esta ley, sin distinción alguna, con excepción de las empresas que transportan mercancías fuera del país.

Las medidas para prevenir el incumplimiento de la Ley son: Se considerará práctica de competencia desleal a los que no cumplan con los deberes impuestos por la Ley y la creación de registros de acuerdo que harán excepción cuando las dos partes estén conformes.

¿A quienes afectará esta ley?

Para los sectores tradicionales como el Público y Privado, comienza a regir la Ley de pago a 30 días el 1 de abril de 2020.
Para las municipalidades, Servicios de la Salud y Cenabast comienza a regir la Ley de pago a 30 días el 1 de junio de 2021 (facturas emitidas por EMT).
Para las municipalidades, Servicios de la Salud y Cenabast (con todo tipo de facturas) comienza a regir la Ley de pago a 30 días el 1 de junio de 2022.
¿Cuáles son las medidas para evitar el no cumplimiento de la Ley?
La creación del Registro de Acuerdos con Plazo Excepcional de Pago.

Las cláusulas abusivas o de incumplimiento de los deberes que es considerada como una práctica de competencia desleal.

¿Cuáles con las medidas para evitar el no cumplimieto?

La creación del Registro de Acuerdos con Plazo Excepcional de Pago.

Las cláusulas abusivas o de incumplimiento de los deberes que es considerada como una práctica de competencia desleal.